El Servicio de Administración Tributario dio a conocer el pasado 1 de agosto de 2021, en su portal de internet (https://www.sat.gob.mx) la segunda publicación de los parámetros de referencia con respecto a “tasas efectivas de impuesto” para la medición de riesgos impositivos correspondientes a ochenta y cuatro actividades económicas para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.
Esta publicación contempla doce sectores económicos: construcción, servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas, industrias manufactureras, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, minería, transporte, correos y almacenamiento, comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios inmobiliarios y de alquiler, servicios financieros y de seguros, servicios profesionales, científicos y técnicos, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final; entre los que se encuentran las industrias de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, hotelería, turismo y otras.
Cabe recordar, que la publicación de “Tasa efectivas de impuestos sobre la renta de Grandes Contribuyentes” tiene su fundamento legal en el artículo 33, fracción primera, inciso i) del Código Fiscal de la Federación, con el objetivo de medir riesgos impositivos por parte de los contribuyentes.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicha publicación. El detalle lo podrá encontrar en la siguiente liga:
http://omawww.sat.gob.mx/TasasEfectivasISR/Paginas/index.html
Y el comunicado de prensa en la siguiente liga:
https://www.gob.mx/sat/prensa/segunda-publicacion-de-tasas-efectivas-de-impuestos-sobre-la-renta-de-grandes-contribuyentes-069-2021
Nuestra firma, a través de su práctica Fiscal, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de las presentes disposiciones; puede llamarnos al teléfono (55) 7698 0382; o bien, a través del correo info@gya-cpc.com